De conformidad con el Acuerdo del Patronato de la Fundación Rafael Pérez Estrada adoptado en sesión de fecha 11 de enero de 2017, procede el anuncio de la,

[vc_row][vc_column][vc_column_text]De conformidad con el Acuerdo del Patronato de la Fundación Rafael Pérez Estrada adoptado en sesión de fecha 11 de enero de 2016, procede el anuncio de la

CONVOCATORIA DE PATROCINIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES INCLUIDAS EN EL PLAN DE ACTUACIÓN 2017 DE LA FUNDACIÓN RAFAEL PÉREZ ESTRADA

1.- OBJETO.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el patrocinio de distintas actividades incluidas en el Plan de Actuación 2017 de la Fundación Pérez Estrada, que se celebrarán a partir del mes enero  de 2017 hasta la finalización de ese año.

Dentro del Plan está prevista la realización de las siguientes actividades:

–       Premio Aforismos Rafael Pérez Estrada
–       Disco La Gran Gala de Rafael Perez Estrada
–       Seminario sobre la simbología de Rafael Pérez Estrada

El presupuesto previsto para la realización de estas actividades se eleva a 4.996 €, siendo destinado el importe de los patrocinios o colaboración en actividades de interés general que se obtengan mediante la presente convocatoria a cubrir los gastos de difusión, organización y contratación de las actividades que los componen.

2.- ENTIDADES PATROCINADORAS.

Tendrán la condición de patrocinadores aquellas empresas o entidades interesadas que no estén incursos en alguna de las circunstancias que determinen la prohibición para contratar con el Sector Público y lo acrediten mediante declaración responsable, que se acompaña como anexo 2 a esta convocatoria.

3.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Y CUANTIA.

Solicitud según modelo anexo 1, en la que conste: nombre y razón social, domicilio y número de identificación fiscal, poder suficiente del representante de la entidad que suscriba el convenio de patrocinio para su firma y para adquirir compromisos en nombre de su representante y actividad para la que oferta su patrocinio de entre las indicadas en el punto 1. Para cada una de las actividades a patrocinar deberá presentarse una solicitud.

Aportación cuantificada del patrocinio, que en ningún caso podrá ser inferior a 2.000 €, especificando la fecha de cumplimiento de la aportación en caso de ser seleccionado como patrocinador.

Declaración responsable del patrocinador, según anexo 2.

4.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación e información requeridas en el apartado anterior y se presentaran preferentemente a través de la dirección de correo electrónico, fundacionrafaelperezestrada@gmail.com. También podrá presentarse en las oficinas de correos en la forma reglamentaria, o en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, en ambos casos, enviando la documentación a la Fundación Rafael Pérez Estrada, calle Torremolinos 56, Churriana  Málaga 29140.

El plazo de la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde la publicación de este anuncio en la web de la Fundación Rafael Pérez Estrada, el día 11 de enero de 2016 y hasta  el 26 de enero de 2016.

5.- CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Las entidades patrocinadoras serán seleccionadas de entre las interesadas atendiendo a los siguientes criterios:

       Dentro del mismo sector de actividad se seleccionará la oferta económicamente más ventajosa para los intereses de la Fundación.
       Otras aportaciones relacionadas con el patrocinio.
       Discreción y calidad técnica de la publicidad
       Compromiso efectivo del solicitante con acciones sociales de interés público.

6.- NATURALEZA DE LAS APORTACIONES.

Las aportaciones dinerarias en concepto de patrocinios tendrán la consideración y naturaleza de ingreso de Derecho Privado, y no estará sujeta a IVA, dentro del régimen de la  Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

7.- DERECHOS DEL PATROCINADOR.

El patrocinador tendrá derecho a difundir su condición de patrocinador en su propia publicidad, así como su presencia en el material de difusión de la actividad, manteniendo un equilibrio entre la aportación económica del patrocinador y la difusión pública de esa condición.

Los patrocinadores cuya aportación supere los 4.000 € tendrán los siguientes derechos:

–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los materiales publicitarios de cada una de las actividades y actos relacionados con las mismas.
–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los soportes publicitarios que se instalen en cada una de las actividades.
–       Realización de acciones propias de la entidad patrocinadora en los diferentes espacios donde se realicen las actividades programadas.
–       Los patrocinadores seleccionados serán anunciados en  la rueda de prensa de la presentación de los distintas actividades como tales y tendrán presencia en los actos protocolarios que con motivo de los mismos se realicen.
–       Incluir en los elementos publicitarios propios de la entidad la condición de patrocinador del del Plan de Actuación de la Fundación Pérez Estrada 2017.

Los patrocinadores cuya aportación sea inferior a los 4.000 € tendrán los siguientes derechos:

–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los materiales publicitarios de cada una de las actividades y actos relacionados con las mismas.
–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los soportes publicitarios que se instalen en cada una de las actividades.
–       Los patrocinadores seleccionados serán anunciados en  la rueda de prensa de la presentación de los distintos programas como tales y tendrán presencia en los actos protocolarios que con motivo de los mismos se realicen.
–       Incluir en los elementos publicitarios propios de la entidad la condición de patrocinador del Plan de Actuación de la Fundación Pérez Estrada 2017.

En todo caso, deberá mantenerse un equilibrio entre la aportación económica del patrocinador y la difusión pública de esa condición.

Los derechos del patrocinador finalizarán a 31 de diciembre de 2017.

8.- RESOLUCIÓN Y FIRMA DE CONVENIO DE PATROCINIO

El Patronato o persona(s) en quien delegue, resolverá el expediente de patrocinio, de acuerdo con los criterios expuestos en la presente convocatoria, y se procederá a la firma del convenio con las entidades patrocinadoras.

ANEXO I

CONVOCATORIA PÚBLICA DE PATROCINIO ACTIVIDADES FUNDACIÓN RAFAEL PÉREZ ESTRADA 2017

D./Dª…………………………………………………………………………………………………………………..,
titular del D.N.I. nº…………………………….,  actuando en representación de la entidad………………………………………………………………………………….., en calidad de…………………con domicilio social en ………………………………………………………………………………………………….., y C.I.F. nº ………………………..

EXPONE

1º.- Habiendo tenido conocimiento de la convocatoria pública de patrocinio para la realización de la actividad (1)………………………, cuyo objeto es seleccionar patrocinadores que permitan costear la celebración de la misma.

2º.- Considerando que para la realización de dichas actividades los interesados pueden presentar oferta económica y en especie por importe mínimo de 2.000 €.

3º.- Conociendo las contraprestaciones de los patrocinadores recogidas en el anuncio de la Convocatoria Pública.

SOLICITA:

Sea tenida en cuenta su oferta, que asciende a la cuantía de …… € , en aportación económica, que será materializada a la firma del convenio, en caso de ser seleccionada como entidad patrocinadora.

Málaga, a … de ….. de 2017

Firmado: ……………………………………………………….

(1)Premio Aforismos Rafael Pérez Estrada; Disco La Gran Gala de Rafael Perez Estrada; Seminario sobre la simbología de Rafael Pérez Estrada.  (Elegir una actividad por solicitud de patrocinio)

ANEXO 2

DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DEL ART. 60
DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

D./Dª…………………………………………………………………………………………………………………..,
mayor de edad, vecino/a de ……………………………………., con domicilio en ………………….. ……………………………………………, titular del D.N.I. nº……………………………., expedido en fecha ………../…………./……….., actuando en nombre propio, o actuando en representación de la entidad………………………………………………………………………………….., con domicilio social en ………………………………………………………………………………………………….., y C.I.F. nº ………………………..

DECLARA bajo su responsabilidad

Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes y no estar incursos en ninguna de las causas y prohibiciones para poder contratar con la Administración, señaladas en el artículo 60 del RDL 3/2011 por el que se aprueba del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, firmando la presente en

Málaga, a  xx de xxxx de 2016

Gerente Fundación Rafael Pérez Estrada
Casa Gerald Brenan
Calle Torremolinos 56
Churriana
Málaga
Tf 629146873[/vc_column_text][imedica_image_gallery][/vc_column][/vc_row]

De conformidad con el Acuerdo del Patronato de la Fundación Rafael Pérez Estrada adoptado en sesión de fecha 11 de enero de 2017, procede el anuncio de la,

[vc_row][vc_column][vc_column_text]De conformidad con el Acuerdo del Patronato de la Fundación Rafael Pérez Estrada adoptado en sesión de fecha 11 de enero de 2016, procede el anuncio de la

CONVOCATORIA DE PATROCINIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES INCLUIDAS EN EL PLAN DE ACTUACIÓN 2017 DE LA FUNDACIÓN RAFAEL PÉREZ ESTRADA

1.- OBJETO.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el patrocinio de distintas actividades incluidas en el Plan de Actuación 2017 de la Fundación Pérez Estrada, que se celebrarán a partir del mes enero  de 2017 hasta la finalización de ese año.

Dentro del Plan está prevista la realización de las siguientes actividades:

–       Premio Aforismos Rafael Pérez Estrada
–       Disco La Gran Gala de Rafael Perez Estrada
–       Seminario sobre la simbología de Rafael Pérez Estrada

El presupuesto previsto para la realización de estas actividades se eleva a 4.996 €, siendo destinado el importe de los patrocinios o colaboración en actividades de interés general que se obtengan mediante la presente convocatoria a cubrir los gastos de difusión, organización y contratación de las actividades que los componen.

2.- ENTIDADES PATROCINADORAS.

Tendrán la condición de patrocinadores aquellas empresas o entidades interesadas que no estén incursos en alguna de las circunstancias que determinen la prohibición para contratar con el Sector Público y lo acrediten mediante declaración responsable, que se acompaña como anexo 2 a esta convocatoria.

3.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Y CUANTIA.

Solicitud según modelo anexo 1, en la que conste: nombre y razón social, domicilio y número de identificación fiscal, poder suficiente del representante de la entidad que suscriba el convenio de patrocinio para su firma y para adquirir compromisos en nombre de su representante y actividad para la que oferta su patrocinio de entre las indicadas en el punto 1. Para cada una de las actividades a patrocinar deberá presentarse una solicitud.

Aportación cuantificada del patrocinio, que en ningún caso podrá ser inferior a 2.000 €, especificando la fecha de cumplimiento de la aportación en caso de ser seleccionado como patrocinador.

Declaración responsable del patrocinador, según anexo 2.

4.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación e información requeridas en el apartado anterior y se presentaran preferentemente a través de la dirección de correo electrónico, fundacionrafaelperezestrada@gmail.com. También podrá presentarse en las oficinas de correos en la forma reglamentaria, o en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, en ambos casos, enviando la documentación a la Fundación Rafael Pérez Estrada, calle Torremolinos 56, Churriana  Málaga 29140.

El plazo de la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde la publicación de este anuncio en la web de la Fundación Rafael Pérez Estrada, el día 11 de enero de 2016 y hasta  el 26 de enero de 2016.

5.- CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Las entidades patrocinadoras serán seleccionadas de entre las interesadas atendiendo a los siguientes criterios:

       Dentro del mismo sector de actividad se seleccionará la oferta económicamente más ventajosa para los intereses de la Fundación.
       Otras aportaciones relacionadas con el patrocinio.
       Discreción y calidad técnica de la publicidad
       Compromiso efectivo del solicitante con acciones sociales de interés público.

6.- NATURALEZA DE LAS APORTACIONES.

Las aportaciones dinerarias en concepto de patrocinios tendrán la consideración y naturaleza de ingreso de Derecho Privado, y no estará sujeta a IVA, dentro del régimen de la  Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

7.- DERECHOS DEL PATROCINADOR.

El patrocinador tendrá derecho a difundir su condición de patrocinador en su propia publicidad, así como su presencia en el material de difusión de la actividad, manteniendo un equilibrio entre la aportación económica del patrocinador y la difusión pública de esa condición.

Los patrocinadores cuya aportación supere los 4.000 € tendrán los siguientes derechos:

–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los materiales publicitarios de cada una de las actividades y actos relacionados con las mismas.
–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los soportes publicitarios que se instalen en cada una de las actividades.
–       Realización de acciones propias de la entidad patrocinadora en los diferentes espacios donde se realicen las actividades programadas.
–       Los patrocinadores seleccionados serán anunciados en  la rueda de prensa de la presentación de los distintas actividades como tales y tendrán presencia en los actos protocolarios que con motivo de los mismos se realicen.
–       Incluir en los elementos publicitarios propios de la entidad la condición de patrocinador del del Plan de Actuación de la Fundación Pérez Estrada 2017.

Los patrocinadores cuya aportación sea inferior a los 4.000 € tendrán los siguientes derechos:

–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los materiales publicitarios de cada una de las actividades y actos relacionados con las mismas.
–       Inclusión del logotipo de la entidad como patrocinadora en los soportes publicitarios que se instalen en cada una de las actividades.
–       Los patrocinadores seleccionados serán anunciados en  la rueda de prensa de la presentación de los distintos programas como tales y tendrán presencia en los actos protocolarios que con motivo de los mismos se realicen.
–       Incluir en los elementos publicitarios propios de la entidad la condición de patrocinador del Plan de Actuación de la Fundación Pérez Estrada 2017.

En todo caso, deberá mantenerse un equilibrio entre la aportación económica del patrocinador y la difusión pública de esa condición.

Los derechos del patrocinador finalizarán a 31 de diciembre de 2017.

8.- RESOLUCIÓN Y FIRMA DE CONVENIO DE PATROCINIO

El Patronato o persona(s) en quien delegue, resolverá el expediente de patrocinio, de acuerdo con los criterios expuestos en la presente convocatoria, y se procederá a la firma del convenio con las entidades patrocinadoras.

ANEXO I

CONVOCATORIA PÚBLICA DE PATROCINIO ACTIVIDADES FUNDACIÓN RAFAEL PÉREZ ESTRADA 2017

D./Dª…………………………………………………………………………………………………………………..,
titular del D.N.I. nº…………………………….,  actuando en representación de la entidad………………………………………………………………………………….., en calidad de…………………con domicilio social en ………………………………………………………………………………………………….., y C.I.F. nº ………………………..

EXPONE

1º.- Habiendo tenido conocimiento de la convocatoria pública de patrocinio para la realización de la actividad (1)………………………, cuyo objeto es seleccionar patrocinadores que permitan costear la celebración de la misma.

2º.- Considerando que para la realización de dichas actividades los interesados pueden presentar oferta económica y en especie por importe mínimo de 2.000 €.

3º.- Conociendo las contraprestaciones de los patrocinadores recogidas en el anuncio de la Convocatoria Pública.

SOLICITA:

Sea tenida en cuenta su oferta, que asciende a la cuantía de …… € , en aportación económica, que será materializada a la firma del convenio, en caso de ser seleccionada como entidad patrocinadora.

Málaga, a … de ….. de 2017

Firmado: ……………………………………………………….

(1)Premio Aforismos Rafael Pérez Estrada; Disco La Gran Gala de Rafael Perez Estrada; Seminario sobre la simbología de Rafael Pérez Estrada.  (Elegir una actividad por solicitud de patrocinio)

ANEXO 2

DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DEL ART. 60
DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

D./Dª…………………………………………………………………………………………………………………..,
mayor de edad, vecino/a de ……………………………………., con domicilio en ………………….. ……………………………………………, titular del D.N.I. nº……………………………., expedido en fecha ………../…………./……….., actuando en nombre propio, o actuando en representación de la entidad………………………………………………………………………………….., con domicilio social en ………………………………………………………………………………………………….., y C.I.F. nº ………………………..

DECLARA bajo su responsabilidad

Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes y no estar incursos en ninguna de las causas y prohibiciones para poder contratar con la Administración, señaladas en el artículo 60 del RDL 3/2011 por el que se aprueba del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, firmando la presente en

Málaga, a  xx de xxxx de 2016

Gerente Fundación Rafael Pérez Estrada
Casa Gerald Brenan
Calle Torremolinos 56
Churriana
Málaga
Tf 629146873[/vc_column_text][imedica_image_gallery][/vc_column][/vc_row]